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Plusvalías al vender: cómo se calculan y cómo declararlas

Cuando vendes participaciones de un fondo, acciones o un ETF, lo que tributa no es lo que cobras, sino la ganancia o pérdida patrimonial: la diferencia entre lo que recibes y lo que te costó lo que vendes. Parece sencillo hasta que has comprado en varias fechas y a varios precios. Ahí entran las reglas de esta página.

Valor de transmisión menos valor de adquisición

  • Valor de adquisición: lo que pagaste por las participaciones vendidas más las comisiones y gastos de la compra.
  • Valor de transmisión: lo que cobras por la venta menos las comisiones y gastos de la venta.
  • Ganancia (o pérdida) = transmisión − adquisición.

Las comisiones cuentan en los dos lados: suben el coste y bajan lo cobrado, así que reducen la ganancia. Si una compra de 100 participaciones tuvo 10 € de comisión y vendes 40, a esas 40 les corresponden 4 €.

FIFO: siempre salen primero las más antiguas

Para valores homogéneos (las acciones de una misma empresa, las participaciones de un mismo fondo o ETF) la ley obliga a usar FIFO (first in, first out): se considera que vendes las que compraste primero. No puedes elegir el lote más caro para pagar menos, ni usar el precio medio.

Un detalle que se olvida a menudo: el FIFO se aplica a todas tus participaciones de ese valor, estén en el bróker que estén. Si compraste un ETF en un bróker en 2020 y el mismo ETF en otro en 2023, y vendes en el segundo, para Hacienda salen primero las de 2020. La cantidad que te queda en cada bróker no cambia; lo que cambia es el coste que usas para calcular la ganancia.

Compensación: las pérdidas restan

Las ganancias y pérdidas de todas tus ventas del mismo año se suman entre sí. Si en un año ganas 3.000 € vendiendo un fondo y pierdes 1.000 € vendiendo unas acciones, tributas por 2.000 €.

Si el año acaba en negativo:

  1. Ese saldo negativo puede restar hasta un 25 % del saldo positivo de intereses y dividendos del mismo año.
  2. Lo que quede se arrastra durante cuatro años para compensar ganancias futuras.

El saldo positivo tributa en la base del ahorro, por tramos: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima.

La regla de los dos meses

Si vendes con pérdida y compras participaciones del mismo valor en los dos meses anteriores o posteriores (valores cotizados), esa pérdida no puede compensarse todavía: se integra cuando vendas las participaciones recompradas. Es una norma contra vender a pérdidas solo para ahorrar impuestos y recomprar al día siguiente.

Ventas en otra divisa

Si el valor cotiza en dólares (u otra divisa), Hacienda pide dos cálculos separados (consulta vinculante de la DGT V0152-26):

  • La ganancia de las acciones se calcula en dólares (venta menos compra) y esa diferencia se pasa a euros con el tipo de cambio del día de la venta.
  • La diferencia de cambio de los dólares invertidos es otra ganancia o pérdida: lo que te costaron en euros al comprar frente a lo que valen en euros al vender.

Si tu bróker cambia a euros al comprar y al vender, las dos juntas suman lo mismo que convertir la compra al tipo de su día y la venta al del suyo. Por eso puedes ganar en dólares y perder en euros (o al revés) si el dólar se ha movido. Si guardas los dólares en una cuenta, la diferencia de cambio no se declara hasta que los cambies.

Fondos de inversión: el traspaso

Entre fondos de inversión puedes pasar el dinero de uno a otro con un traspaso sin tributar: la ganancia se difiere hasta que vendas de verdad. Los ETF, en general, no admiten traspaso: venderlos para comprar otro es una venta.

El informe de plusvalías de Sextante

Si registras tus compras y ventas en la cartera, el apartado Declaración (en la cabecera de la cartera) te prepara el resumen del año:

  • Empareja cada venta con sus compras por FIFO por valor, sumando todos tus brókers, con las comisiones de compra repartidas entre las participaciones.
  • Compensa ganancias y pérdidas del mismo ejercicio y estima la cuota con la escala del ahorro.
  • Pasa a euros las ventas en otra divisa con el tipo de referencia del BCE del día de la venta y calcula aparte la diferencia de cambio, como se explica arriba.
  • Te deja descargar un CSV con una fila por venta (fecha, valor de transmisión, valor de adquisición y ganancia, en la divisa y en euros), que es el detalle que pide la declaración.

Lo que no hace, y conviene revisar tú: el arrastre de pérdidas de años anteriores, la compensación del 25 % con dividendos e intereses y la regla de los dos meses.


Información educativa, no asesoramiento fiscal. La normativa cambia; contrasta tu caso con la AEAT o con un asesor antes de presentar la declaración.